éste JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA INTIMATORIA), incoara el ciudadano LUIS OMAR SANCHEZ RAMIREZ, contra el ciudadano ROGELIO MARTIN ADARO, ambos supra identificado, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: Se SUSPENDE LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada en fecha 12 de noviembre de 2015, la cual recayó sobre el bien inmueble que se describe a continuación:
"Un apartamento distinguido con el Nº I-1-1, Planta 1 del Edificio "I" del Conjunto Residencial THAI, Código Catastral 03-21-01UR-10-15-0109-02-01, construido sobre el terreno ubicado en la Avenida R-8 del Muni.....