éste Juzgado Duodécimo De Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con el Artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, en el Juicio de COBRO DE BOLIVARES interpuesta por PLAZALUM, C.A., empresa inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el 06 de septiembre del 2000, bajo el Nº 13 del Tomo 44-A, contra ALUMINIO DE VENEZUELA, C.A. (ALVEN), empresa mixta, inscrita el 30 de agosto de 1951, ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, con el Nº 712, Tomo 3D y publicado el respectivo documento en la Gaceta Municipal del Gobierno del Distrito Federal, en su edición Nº 7431 del 31 de septiembre de 1951,
Asimismo, no hay condenatoria en costas de conformidad con.....