este Tribunal Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA OPOSICIÓN formulada por la representación judicial de la parte actora, contra la admisión de la testimonial de la perito testigo, conforme las determinaciones señaladas Ut Supra.
SEGUNDO: CON LUGAR LA OPOSICIÓN formulada por la representación judicial de la parte actora contra la promoción de la prueba de informes invocada por la representación demandada, de acuerdo a los lineamientos antes señalados.
TERCERO: DESECHA POR IMPROCEDENTE LA OPOSICIÓN formulada por la representación judicial de la parte actora, contra la admisión referente a la exhibición de documentos, conforme las determinaciones señaladas Ut Supra.
Regístrese, publíquese, y, en su oportunidad, déjese la copia certificada a la cual hace especial referencia e.....