éste JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242, 243 y 267, del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: La PERENCIÓN DE LA PRESENTE INSTANCIA, con motivo a la demanda de EJECUCION DE HIPOTECA INMOBILIARIA Y PRENDA, SIN DESPLAZAMIENTO DE POSESIÓN, interpuso por el BANCO DE DESARROLLO ENCONOMICO Y SOCIAL DE VENEZUELA (BANDES), contra la sociedad mercantil FRESCO MAR, C.A., identificada en el encabezado del presente fallo.
SEGUNDO: Concluida como ha sido la presente causa, se ordena el cierre de este expediente. En consecuencia, se acuerda su desincorporación del Archivo de este Juzgado y se ordena remitirlo a la Coordinación de Archivo de este Circuito J.....