Vista la diligencia de fecha 08 de marzo de 2017 suscrita por MIGUEL PEÑA, en su condición de alguacil titular de este circuito encargado de practicar la notificación al Ciudadano ALEJANDRO MATA, venezolano, mayor de edad, comerciante, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº 3.604.396, y/o en representación de sus Apoderadas Judiciales, ciudadanos RODRIGO AZPURUA C. y GUALFREDO BLANCO P., abogados en ejercicio, e inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 53.272 y 53.773, respectivamente, en su condición de parte actora en el presente juicio, mediante la cual se evidencia la imposibilidad de hacer efectiva la misma, en virtud de que: "...me traslade a la siguiente direccion dirección Centro Banaven (Cubo Negro), Piso 1, Torre A-13-1, Av. La stancia, Chuao, Caracas, a los fines de notificar: al ciudadano ALEJANDRO MATA, venezolano, mayor de edad, comerciante, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº 3.604.396, estando en el lugar, existe una empresa nueva c.....