"...Este Juzgado Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de ésta Circunscripción Judicial, vista la solicitud del Depositario Judicial designado y la conformidad manifiesta por el Apoderado Judicial de la Parte Actora, acuerda concederle el tiempo prudencial de cinco (5) días hábiles, al Depositario Judicial para retirar las maquinarias debidamente especificadas en la hoja de inventario anexa, con los deberes y derechos inherentes a su Cargo, contemplados en la Ley de Deposito Judicial. En consecuencia, visto que el inmueble objeto de la presente medida se encuentra, libre de personas y bienes a excepción de las maquinas debidamente señaladas y especificadas en la presente acta las cuales de conformidad con éste Tribunal y con la anuencia manifiesta de la parte actora, serán retiradas por la Depositaria Judicial designada La Consolidada C.A., en la persona de su Representante Ciudadano CARLOS RIVAS, antes identificado, en el tiempo prudencial concedido de cinco (05) días hábiles; éste .....