Fue practicada medida de Secuestro sobre el inmueble objeto de la presente medida y se puso en posesión de la parte actora, en la persona de su apoderada judicial, abogado CELSA MIGUEZ quien lo recibió libre de bienes y personas en el acto, comprometiéndose a cumplir con todas las disposiciones legales establecidas en la Ley Sobre Depósitos Judiciales y demás leyes, tal como fuera ordenado por el Tribunal de la causa. Igualmente, los bienes muebles que se encontraban dentro del inmueble objeto de la presente medida, fueron inventariados y dejados en posesiòn del ciudadano CARLOS BERMUDEZ, representante legal de la depositaria judicial la R.C. C.A.