- DISPOSITIVO.-
Primero: En resumen, considera ésta Superioridad, que lo ajustado a derecho es declarar SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada NIEVES VIRGINIA FRANCIS CARRERO, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada ciudadana DIANA REBECA SANCHEZ HERNANDEZ, contra la sentencia de fecha 03 de diciembre de 2013 (f. 177-185), proferida por el Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar la demanda de Desalojo incoada por la representación judicial de la sociedad mercantil VALIO REALTY, C.A., en su contra.
Segundo: CON LUGAR la presente acción de Desalojo, interpuesta por la sociedad mercantil VALIO REALTY, C.A., contra la ciudadana DIANA REBECA SANCHEZ HERNANDEZ, fundamentada en la causal contenida en el literal "a" del ya derogado artículo 34 del Decreto de Rango y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios -en lo referente a vivienda-, hoy artículo 91 numeral 1 de la Ley para.....