IV.-DISPOSITIVA.-
Por los razonamientos de hecho y de derecho que se dejan expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 24.04.2014 (f.19) por el abogado Vicente Orfila Espinoza, en su carácter de apoderado judicial de la parte solicitante, ciudadana BETTY DAYANA PARRA URBINA, contra la decisión dictada por el Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 21.04.2014 (f.16), declaró que: la solicitud no cumple con los requisitos exigidos por los artículos 899 y 340 ordinal 5° del Código de Procedimiento Civil; por lo que de conformidad con el artículo 341 ejusdem, es INADMISIBLE"
SEGUNDO: INADMISIBLE, la presente solicitud de Rec.....