III.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, EN SEDE CONSTITUCIONAL, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: EL ABANDONO DEL TRÁMITE de la acción de Amparo Constitucional interpuesto por los ciudadanos JOSE ANTONIO RODRIGUEZ LEONICIE, MARIA ALEJANDRA SIRADA MORALES y AIDE MARIA MOSQUEDA BRITO, contra la conducta asumida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, en la tramitación de la causa signada con el Nº 3105CAH13-V-2007-000100, por cuanto al decir, de los actores, se debió haber citado al Procurador General de la República del citado proceso judicial y, en consecuencia, TERMINADO el procedimiento.-
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza .....