En fuerza de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 08 de diciembre de 2021, por el ciudadano JOSÉ AUGUSTO QUINTERO GONZÁLEZ, actuando en su carácter de parte actora y en su propio nombre y representación, contra la decisión proferida por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 1º de noviembre de 2021, mediante la cual declaró la inadmisibilidad de la intimación de honorarios profesionales. Así se establece.
SEGUNDO: SE CONFIRMA con distinta motivación, la decisión dictada en fecha 1º de noviembre de 2021, por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tr.....