Congruente con los razonamientos expuestos, se impone para este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conceder el pase correspondiente otorgándole en este sentido fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia de divorcio dictada por el Tribunal Municipal Popular del Cotorro, la Habana, en fecha 1º de noviembre de 2017, en la cual se decretó el divorcio no contencioso, celebrado entre la solicitante YOXARIS TAÑO HEREDIA, cubana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E. 84.569.583 y él ciudadano ALBERTO CELIS ROCHA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.401.713, matrimonio celebrado ante el Registro del Estado Civil del Municipio Plaza de la Revolución, la Habana-Cuba, en fecha 6.1.2012, debidamente registrada en la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario del estado Bolivariano .....