Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se CONFIRMA, de acuerdo con la motivación establecida, la decisión dictada el 09 Noviembre de 2015 por el Juzgado Décimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual revocó la entrega material, en el procedimiento de jurisdicción voluntaria (entrega de bienes vendidos) incoado por la sociedad mercantil CONSORCIO ARQUINODO, C.A. (Comprador) en contra del ciudadano JULIO ROBERTO RAMOS MARTÍNEZ (vendedor) alusivo a un inmueble identificado con el código catastral 153111 A 1040406301111, constituido por un apartamento destinado a vivienda ubicado en el Edificio SOLARIUM, .....