Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara inadmisible, de conformidad con la motiva del presente fallo, la acción de amparo constitucional incoada por la ciudadana Eva Cifuentes Gruber, primigeniamente en contra del Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que guarda relación con el juicio que por divorcio contencioso incoara la mencionada ciudadana en contra del ciudadano Luís Eduardo Aveledo Morasso;
SEGUNDO: No se produce condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.