Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara no ha lugar, por improponible, al recurso de apelación interpuesto el 06 de abril de 2016 por la representación judicial de la parte demandada, abogada Miriam Orellana, manteniéndose incólume la decisión proferida el 31 de marzo de 2016 por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual negó el decreto de la medida de secuestro peticionada por la parte actora, sobre el inmueble identificado ab initio, en el juicio que por Partición de la Comunidad Conyugal que incoara la ciudadana CAROL ALEJANDRA TORRES BASTIDAS contra el ciudadano ALEXANDER RAMÍREZ CASTILLO.....