Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara procedente el presente Recurso de Hecho interpuesto por los abogados JAVIER GARCÌA APONTE y GABRIELA FUENTES ESPINOZA, apoderados judiciales de la parte recurrente de hecho, en contra del auto dictado el 24 de octubre de 2.011 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual negó por extemporánea la apelación interpuesta en contra de la decisión proferida el 07 de octubre de 2.011, en el juicio que por Cumplimiento de Contrato de Promesa Bilateral de Arrendamiento sigue el ciudadano LUIGI BOVANINI BERGAMANDI y la sociedad mercantil LUIGI FORMA PERFECTA C.A. cont.....