Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA la Transacción celebrada el 28 de julio de 2015 por ante la Notaría Pública Trigésima de Caracas, Municipio Libertador, por la representación judicial de la parte actora, abogado HARRY KIRMAYER y el ciudadano ALÍ PASTOR VÁSQUEZ LUCERO (demandado), en el proceso de Cobro de Bolívares seguido por el BANCO DEL CARIBE C.A. Banco Universal contra el ciudadano ALÍ PASTOR VÁSQUEZ LUCERO, ambas partes identificadas ab initio.
SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas.
Regístrese, Publíquese la presente decisión y remítase la causa al A-quo.
Dada, firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario.....