DISPOSITIVO
Por las razones, antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha veintiuno (21) de junio de dos mil once (2.011), por el abogado ASDRÚBAL GARCÍA SANABRIA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión dictada en fecha catorce (14) de junio de dos mil once (2.011), por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SE CONFIRMA en todas y cada una de sus partes, la decisión recurrida.
TERCERO: Se condena en costas del recurso a la parte recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese copia certificada de l.....