DISPOSITIVO
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: NO HA LUGAR a pronunciamiento alguno, toda vez que fue celebrada en este proceso una transacción, la cual entre otros aspectos contuvo el desistimiento de la reconvención por parte de la demandada reconviniente.
SEGUNDO: Se ordena remitir el presente expediente, al Tribunal de origen.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias de este Tribunal.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a lo.....