Por las razones de hecho y de Derecho anteriormente, expuestas, éste Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE HECHO interpuesto en fecha 11 de mayo de 2015, contra el auto dictado por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 04 de mayo de 2015, que negó oír el recurso de apelación ejercido por el apoderado judicial de la parte demandada, abogado Ibrahim Gordils Delgado, contra el auto dictado por el precitado Juzgado, de fecha 28 de abril de 2015, que declaró improcedente la solicitud de dicha parte, de revocar por contrario imperio el auto de admisión de la demanda e igualmente "improcedente" el recurso de apelación ejercido contra dicha auto; en el juicio que.....