Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación ejercido por el abogado Leopoldo Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.948, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha 17 de diciembre de 2.014, proferida por el Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por cobro de bolívares derivados de letra de cambio incoara el ciudadano Eudo Ávila Martínez contra la ciudadana Noemí Batista Ferreira de Oliveira.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, con la motivación aquí expresada, la sentencia de fecha 17 de diciembre de 2.014, proferida por el Tribunal Tercero .....