Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 02 de agosto del 2010, por el defensor judicial de la parte demandada contra la sentencia de fecha 23 de junio de 2010, proferida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, que declaró improcedente la perención de la instancia y firme el decreto de intimación, con imposición de costas en el juicio que por cobro de bolívares (vía intimación) ha incoado el ciudadano COSIMO MAZZARELLA en contra del ciudadano JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ SANTANA.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha 23 de junio de 2010, proferida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, que declaró improcedente la perención de la instancia y firme el decre.....