Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 25 de septiembre de 2014, por el abogado Gustavo Domínguez Florido, apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 12 de agosto de 2014, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, según la cual declaró la Perención de la instancia en la demanda que por cobro de bolívares incoara FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS (FOGADE) contra la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA CHICAGO 3000, C.A. SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia dictada en fecha 12 de agosto de 2014, por el Juzgado Sexto de Pri.....