Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley Concede Fuerza Ejecutoria en el País, a la sentencia extranjera de divorcio Ref. 52, F 92/96, dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Kiel Alemania, de fecha 02 de junio del 1999, que disolvió el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos Carlos José Pérez y Irina Solveig Sievers de Pérez
Déjese copia certificada de la presente sentencia, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 ejusdem.