PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de hecho interpuesto en fecha 10 de octubre de 2023, por el abogado en ejercicio JOSÉ JESÚS RIVERO BURGOS, de este domicilio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°91.452 en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARÍA YOLANDA ZUÑIGA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°. V- 11.676.786, respectivamente, y la SUCESIÓN MANUEL JESÚS CORUJO, contra el auto que negó el recurso de apelación de fecha 25 de septiembre de 2023,el cual fuera interpuesto el día 20 de septiembre del año en curso, contra la sentencia dictada por el Juzgado Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 26 de julio de 2023, que declaró SIN LUGAR la demanda que por DESALOJO, sigue la ciudadana MARÍA YOLANDA ZUÑIGA, contra los ciudadanos JOSE LUIS ANDRADE ROJO Y MÓNICA DE LA COROMOTO DIAZ PARDO.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo no.....