IV
DECISIÓN
A la luz de los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITNA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; declara:
PRIMERO: Con lugar la Inhibición con fundamento en el numeral 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, propuesta por la Dra. Carolina Maria García Cedeño, en su condición de Juez a cargo del Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, contentivo del juicio que por Ejecución de Hipoteca, sigue el Banco Bicentenario, Banco Universal, contra la sociedad mercantil Promotora Ambar.
SEGUNDO: Remítase copia certificada de la presente decisión a la Juez Inhibida.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Dada, firmad.....