PRIMERO: CON LUGAR apelación interpuesta por la abogada Vitina Ardizzone, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada Inversiones Lubegan, C.A, en contra de la sentencia de fecha 16 de marzo de 2011, que declaró Sin Lugar la oposición a la Medida Cautelar de Embargo, dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO : SE REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por Cobro de Bolívares, (Vía Ejecutiva) incoado por la Junta de Propietarios de la Cominidad de Propietaris del Centro Plaza, contra la sociedad mercantil Inversiones Lubegan, S.R.L, en fecha 16 de marzo de 2011.
TERCERO: CON LUGAR, la oposición interpuesta en fecha primero de (01) de marzo de 2011, por la abogada Vitina Ardizzone, en.....