Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN JUDICIAL celebrada el 08 de julio del 2016, por el ciudadano LUIS GERARDO ASCANIO ESTEVES actuando personalmente y en representación de CRISTINA ISABEL ALBERTO PEÑA, por la parte actora, y por la parte demandada el ciudadano ENRICO GIGANTI CASTRO, co-apoderado judicial de la Sociedad Civil LARA MARAMBIO & ASOCIADOS, en los mismos términos expuestos por las partes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.713 del Código Civil, en concordancia con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil. Se da por consumado el acto, y procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.....