Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA OPOSICIÓN formulada por la representación judicial de la parte demandada en contra de las medidas cautelares dictadas el 04 de diciembre de 2015, en la demanda que por NULIDAD DE CONTRATO, intentaran las sociedades mercantiles INVERSIONES OCEAN CITY, C.A., INVERSIONES PENTAGRAMA, C.A., INVERSIONES NACHO, C.A., PROMOCIONES PHLYNCKY, C.A. y PROMOTORA ARFAMA, C.A., en contra de las empresas INVERSORA EL PORTON 9, C.A., INVERSORA EL PORTON 14, C.A. e INVERSIONES ALGARROBO 17, C.A., todas suficientemente identificadas en el encabezado de esta decisión. SEGUNDO: SIN LUGAR LA OPOSICIÓN formulada por la representación judicial de los terceros interesados en contra de las medidas cautelar.....