Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara COMPETENTE para conocer de la presente solicitud de deslinde al Juzgado Vigésimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, se ordena la remisión del presente expediente al mencionado juzgado, asimismo remítase copia certificada de la presente decisión al Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo previsto en el artículo 75 del Código de Procedimiento Civil.
Dada la naturaleza de esta decisión, no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la misma en los copia.....