Se dicto sentencia definitiva mediante la cual este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio interpuesta.
En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos JOSÉ LUIS ÀVILA GUARATE y ANABEL CABEZA MENDOZA, el diecisiete (17) de diciembre de 1998, ante la Jefatura Civil de la Parroquia La Pastora, Municipio Libertador del Distrito Federal, asentado bajo el Acta Nº 227, en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados durante el año 1998 por esa Parroquia.
A los fines previstos en los artículos 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, 475 y 506 del Código Civil, se ordena librar oficios al Registro Civil de la Parroquia La Pastora, Municipio Libertador del Distrito Capital; al Registro Principal Civil del Distrito Capital y a la Oficina Nacional .....