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Decisiones del dia 04/07/2012

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Tercero de Municipio
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-S-2011-009766 N° Sentencia : Fecha: 04/07/2012
Procedimiento:
Irregularidades Administrativas
Partes:
SOLICITANTE: SARA BELLATRIX DAVILA PONCE.
Resumen:
A través de SENTENCIA DEFINITIVA el Tribunal declaró SIN LUGAR la solicitud presentada por la ciudadana SARA BELLATRIX DAVILA PONCE, accionista de la Sociedad Mercantil GRUPO MEDICO LAS ACACIAS, C.A., por presuntas irregularidades en la administración de dicha sociedad; y como consecuencia de ello, se declaró TERMINADO EL PROCEDIMIENTO CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 291 DEL CÓDIGO DE COMERCIO. Dada la naturaleza del fallo, dictado en sede de jurisdicción voluntaria, no hubo lugar a costas. Se ordenó notificar a las partes.
Juez/Ponente:
Carmen Goncalves
Organo:
Juzgado Tercero de Municipio
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N° Expediente : AP31-V-2009-003797 N° Sentencia : Fecha: 04/07/2012
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
FELIX RODRIGUEZ CONTRA JOSE ALEXANDER VARGAS HERNANDEZ.
Resumen:
A través de SENTENCIA DEFINITIVA el Tribunal declaró CON LUGAR la demanda que por DESALOJO intentó el ciudadano FELIX A. RODRIGUEZ contra el ciudadano JOSE ALEXANDER VARGAS HERNANDEZ. Se declaró extinguido el contrato arrendaticio celebrado verbalmente por las partes; y en tal sentido, se condenó a la parte demandada a entregar a la actora el inmueble arrendado constituido por el apartamento No. 2-5, Residencias La Laguna, edificio 2, piso 2, parroquia Sucre, calle La Laguna, av. Circunvalación, Los Magallanes de Catia, Municipio Libertador; y al pago de la suma de Un Mil Ochocientos Bolívares (Bs. 1.800,oo), correspondiente a los cánones dejados de pagar de febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2009, a razón cada uno de Trescientos Bolívares (Bs. 300,oo) así como al pago de las costas, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. Se ordenó notificar a las partes.
Juez/Ponente:
Carmen Goncalves
Organo:
Juzgado Tercero de Municipio
arriba

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