A través de SENTENCIA INTERLOCUTORIA el Tribunal se declaró INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO, para conocer de la solicitud de Divorcio, presentado por los ciudadanos ARCILIA ROSA DURAN DE MATERANO y JOSE ABEL MATERANO DURAN, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-12.055.349 y V-5.794.238, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado José C. Almao, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 162.238, y en consecuencia, DECLINÓ LA COMPETENCIA al Juzgado de Municipio del Municipio Paz Castillo del Estado Miranda.