A través de SENTENCIA DEFINITIVA el Tribunal declaró CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos DENIS OMAR MORALES y GLORIA KATHERINE VELASQUEZ ASPE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.072.444 y V-22.566.802, respectivamente. En consecuencia, se declaró DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos 16 de julio de 1988, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Tomas Lander Ocumare del Tuy del Estado Miranda, según acta No 65, folio 065, de los libros de matrimonios correspondientes. Se ordenó librar oficios a la Primera Autoridad Civil del Municipio Tomas Lander Ocumare del Tuy del Estado Miranda, y al Registro Principal del Estado Miranda, anexando copia certificada de la presente sentencia, a los fines de dar cumplimiento al Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil.