En razón de lo antes expuesto, este juzgado Cuarto de Municipio, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la demanda que por cumplimiento de contrato intentó INVERSIONES IBEPRO S.R.L, contra LOLA LISBETH LORCA, en consecuencia se declara extinguido el contrato y como consecuencia de ello, se condena a la demandada:
PRIMERO: A entregar a la parte actora completamente desocupado de bienes y personas el apartamento distinguido con el número 20, ubicado en el piso 2, del Edificio Denominado San Mateo, situado en la Avenida Lecuna, entre las Esquinas de San Mateo y San Roque, Parroquia San Agustín de esta ciudad.
Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.