En razón de lo antes expuesto, este juzgado Cuarto de Municipio, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD ADUCIDA Y PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por resolución de contrato intentó GISELA MARGARITA SILVA DE SAUMELL, contra CIVER ALFONSO MORA, en consecuencia, se condena a la parte demandada.
PRIMERO: A la resolución del contrato de arrendamiento suscrito sobre el apartamento distinguido con el número 9, ubicado en el Edificio Imperio, situado en la Avenida Presidente Medina, Urbanización Las Acacias, Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Capital. Así se decide.
SEGUNDO: A pagar, a título de daños y perjuicios por el uso del inmueble, la suma de cinco bolívares fuertes con dos céntimos (Bs 5,02) por mes, desde el mes de septiembre de 2.007 a enero de 2.008 y por los meses que se sigan venciendo hasta que la pres.....