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DISPOSITIVA
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Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por extinción de hipoteca incoara el ciudadano Gianpiero Rosciano Puglia, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-6.186.965, quien actúo como apoderado de los ciudadanos Rosa Puglia de Rociano y Claudio Giuseppe Rosciano Puglia, italianos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nº E-933.633 y E-81.391.568, respectivamente, todos suficientemente identificados en el texto de este fallo.
SEGUNDO: Se declara extinguida la hipoteca convencional de segundo (2do) grado, que pesa sobre el apartamento distinguido con el Nº 82, ubicado en el piso ocho (8) del edificio denominado "Residencias El Parque", situado con frente a la calle .....