Este Juzgado Sexto de Municipio de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio solicitada por los ciudadanos AIXA LEONOR MIRABAL GONZALEZ y ANTONIO PALMA DE CONCILIIS RUSCITO. En consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía a los citados ciudadanos, contraído el 11 de noviembre de 1988, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Baruta del Estado Miranda.-