D E C I S I O N
Por todos los razonamientos que anteceden, este Tribunal Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la demanda intentada por ARMAND CHOUCROUN, contra CARLA JACQUELINE MENDIETA RAUSSEO, ambas partes identificadas en autos, por RESOLUCION DE CONTRATO, y como consecuencia de ello, se Condena a la parte Demandada, PRIMERO: En la Resolución del Contrato suscrito entre las partes en fecha 21 de Marzo de 2003, y consecuentemente entrega material del Local Comercial ubicado en la Planta Baja del Edificio distinguido con el Nº 22, entre las Esquinas de Bolsa a Padre Sierra, Parroquia Catedral, Caracas, totalmente desocupado de bienes y personas, en el mismo buen y perfecto estado en que lo recibió.- SEGUNDO: En pagar a la parte actora la cantidad de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 4.500.000,00), por co.....