Ahora bien, siendo que la presente acción fue admitida para ser sustanciada por el procedimiento ordinario, procedimiento éste que correspondía a las acciones de retracto legal a la fecha de su admisión, el hecho de haber entrado en vigencia una nueva Ley que establezca un nuevo procedimiento para la tramitación del juicio de retracto legal, no da lugar a la reposición de la causa para ser tramitada por éste nuevo procedimiento a menos que así expresamente lo haya establecido la nueva ley, ello debido al principio de irretroactividad de la Ley, pero no habiendo la Ley de Arrendamientos Inmobiliario establecido dicha circunstancia este Tribunal niega la reposición de la presente causa por improcedente.- Practiquese computo.-
LA JUEZ
Dra. MARITZA J. BETANCOURT
EL SECRETARIO
Abg. JONATHAN GUILLEN
Quien suscribe, Abg. JONATHAN GUILLEN Secretaria del Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción.....