DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes existente entre de los ciudadanos: ZOVEIDA ISABEL HERNANDEZ DE GUERRERO y JORGE ELIECER GUERRERO BERROTERAN, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.280.061 y V-3.150.098 respectivamente, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos en fecha 03 de julio de 1973, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de acta de matrimonio Nº 320, del libro de matrimonios correspondientes al año 1973.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notificar a.....