En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, éste Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia conforme a lo dispuesto en el artículo 253 del texto constitucional y por autoridad de la Ley, DECIDE:
-PRIMERO: Se declara CON LUGAR el derecho al Cobro de los Honorarios Profesionales incoado por el ciudadano JUAN BAUTISTA PAOLINI ARGUELLO, en contra de la Sociedad de Comercio REPRESENTACIONES RENAINT, C.A, ambas partes plenamente identificadas en el presente fallo.
-SEGUNDO: Se ordena la INTIMACIÓN de la parte demandada en la causa, Sociedad Mercantil REPRESENTACIONES RENAINT C.A., para que dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la constancia en autos de su Intimación, pague o proceda a demostrar el pago de la suma de TREINTA Y CINCO MIL CIEN BOLÍVARES FUERTES SIN CENTIMOS (35.100,00 Bs.f), favor de la parte actora, ó en su defecto se acoja el procedimiento de retasa.
-TERCERO: No se hace.....