Por fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Resolución de Contrato de Arrendamiento interpuesta por la sociedad mercantil FINANCIADORA IBEMIR, C.A contra la ciudadana ILIANA ELENA ARGUINZONES. En consecuencia:
PRIMERO: Se declara resuelto el contrato de arrendamiento celebrado en fecha 6 de Septiembre de 2004 entre FINANCIADORA IBEMIR, C.A y la ciudadana ILIANA ELENA ARGUINZONES, autenticado por ante la Notaría Pública Primera del Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha 6 de Septiembre de 2004, bajo el No 53, Tomo 82.
SEGUNDO: Se condena a la demandada a entregar libre de personas y bienes a la actora, el inmueble constituido por el apartamento No 3, del Edificio San Esteban, ubicado en la Avenida Maria Teresa Toro, de la Urbanización Las Aca.....