Por fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA LA INTERDICCIÒN DE LA CIUDADANA MAUD GORTER, plenamente identificada, en consecuencia:
PRIMERO: Se decreta la Inhabilitación de la ciudadana MAUD GORTER, holandesa, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No E-761.074.
SEGUNDO: Se nombra curador al apoderado de su hija ciudadano RAYMOND FRED ROSS-JONES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V-4.085.726.
TERCERO: Se ordena el Registro de la presente decisión por ante el Registro Público de la Jurisdicción del domicilio de la ciudadana inhabilitada.