DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, actuando de conformidad a lo establecido en los artículos 887 y 362 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La CONFESIÓN FICTA del ciudadano CARLOS CHIRINOS MUÑOZ, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad N° E- 82.185.859, conforme a lo pautado en el artículo 887 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de DESALOJO, incoado por ciudadano ELIAS VICENTE MARTINEZ REY, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 3.625.224, parte actora, en contra del ciudadano Carlos Chirinos Muñoz, ya identificado.
TERCERO: En consecuencia, se condena a la parte demandada a hacer entrega a la parte actora el inmueble const.....