De conformidad con los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley, declara: declara CON LUGAR la demanda que por DESALOJO intentara el ciudadano NINFA RAMONA SEIJAS en contra de la ciudadana ORIANA CAQUI TIRADO ambas partes identificadas al inicio de este fallo y condena a la demanda a hacer entrega a la parte actora en las mismas buenas condiciones en que lo recibió y libre de personas y cosas el inmueble constituido por el apartamento ubicado en la Urbanización Juan Pablo II, Residencias Parque Seis, Ala 2, Piso A, Apartamento 2A06, Montalbán. Parroquia La Vega, Municipio Libertador del Distrito Capital, concediéndose a la arrendataria de conformidad con lo previsto en el Parágrafo Primero del artículo 34 de la ley de arrendamientos inmobiliarios un plazo improrrogable d.....