- DISPOSITIVA –
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: En virtud de la Confesión ficta de la demandada, se declara CON LUGAR la pretensión que por RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO, incoara las ciudadanas ADA CAROLINA SANCHEZ BERNAEZ y ANA AMATISTA BERNAEZ, en contra de la ciudadana NIEVES MARGARITA BARRIOS GONZALEZ, ambas partes ya identificadas en este fallo.
SEGUNDO: Se declara reconocido el Instrumento privado de compra venta celebrado de entre las ciudadanas NIEVES MARGARITA BARRIOS GONZALEZ, actuando en su propio nombre y representación de sus hermanas BLANCA MIRIAM BARRIOS GONZALEZ, ROXANA BARRIOS GONZALEZ Y ROGER JESUS BARRIOS GONZALEZ, plenamente identificados anteriormente, y las ciudadanas ADA CAROLINA SANCHEZ BERNAEZ y ANA AMATISTA BERNAEZ, sobre .....