este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la Rectificación del Acta de Matrimonio, la cual se encuentra inserta en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevado por ante el Registro Civil del Municipio el Hatillo del Estado Miranda, bajo el N° 321, de fecha 19 de Diciembre de 1.986, consignada al efecto. En consecuencia, donde dice: E-81.662.33“2”, debe decir: E-81.662.33“4” quedando así rectificada el ACTA DE MATRIMONIO señalada supra. En tal virtud, remítase copia certificada de la solicitud y de la presente decisión mediante oficio a la Registradora Civil del Municipio el Hatillo del Estado Miranda, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil. Elabórense las copias certificadas acordadas, a tenor de lo que establece el artículo 112 ibidem, una vez consten en autos los fotostatos requeridos para su elaboración. Líbrense Oficios. .....