III
DISPOSITIVA
En consecuencia, dada la solicitud formulada por la ciudadana NHORA LUCIA BALASSONE GUEVARA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, casada, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.381.990, este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la desafectación o disolución del hogar de un inmueble denominado "PARQUES COLINAS" Edificio "A" ubicado en la Urbanización Colinas de Bello Monte, Jurisdicción del Municipio Libertador del Distrito Federal, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en el Documento de Condominio protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Departamento Libertador del Distrito Federal en fecha 6 de agosto de 1971, bajo el No. 1, Folio 1, Tomo 34, Protocolo Primero;
SEGUNDO: Se AUTORIZA a las ciudadanas NHORA LUC.....