III
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Homologada la Transacción celebrada entre la Abogada SULMA ALVARADO, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil PROMOTORA 70-40-90 C.A., parte actora en el presente juicio, y por otra parte, el ciudadano, HARRY URON, debidamente asistido por el abogado OSCAR GUILARTE, parte demandada en el presente juicio, todos identificados plenamente en la parte inicial del fallo, en los términos en ella acordados, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 277 del Código de Procedimiento Civil, no hay especial condenatoria en costas.
TERCERO: Se ordena expedir por Secretaria.....